Familia Profesional de ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN
Técnico superior en
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ENTORNO PROFESIONAL
El Técnico Superior en Administración y finanzas ejerce su actividad tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, en cualquier sector de actividad, y particularmente en el sector servicios, así como en las administraciones públicas, desempeñando las tareas administrativas en la gestión y el asesoramiento en las áreas laboral, comercial, contable y fiscal de dichas empresas e instituciones, ofreciendo un servicio y atención a los clientes y ciudadanos, realizando trámites administrativos con las administraciones públicas y gestionando el archivo y las comunicaciones de la empresa.
Podría ser trabajador por cuenta propia, efectuando la gestión de su propia empresa, o a través del ejercicio libre de una actividad económica, como en una asesoría financiera, laboral, estudio de proyectos, entre otros.
COMPETENCIA GENERAL
La competencia general de este título consiste en organizar y ejecutar las operaciones de gestión y administración en los procesos comerciales, laborales, contables, fiscales y financieros de una empresa pública o privada, aplicando la normativa vigente y los protocolos de gestión de calidad, gestionando la información, asegurando la satisfacción del cliente y/o usuario y actuando según las normas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
El Técnico Superior en Administración y Finanzas es capaz de:
El Técnico Superior en Administración y finanzas ejerce su actividad tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, en cualquier sector de actividad, y particularmente en el sector servicios, así como en las administraciones públicas, desempeñando las tareas administrativas en la gestión y el asesoramiento en las áreas laboral, comercial, contable y fiscal de dichas empresas e instituciones, ofreciendo un servicio y atención a los clientes y ciudadanos, realizando trámites administrativos con las administraciones públicas y gestionando el archivo y las comunicaciones de la empresa.
Podría ser trabajador por cuenta propia, efectuando la gestión de su propia empresa, o a través del ejercicio libre de una actividad económica, como en una asesoría financiera, laboral, estudio de proyectos, entre otros.
COMPETENCIA GENERAL
La competencia general de este título consiste en organizar y ejecutar las operaciones de gestión y administración en los procesos comerciales, laborales, contables, fiscales y financieros de una empresa pública o privada, aplicando la normativa vigente y los protocolos de gestión de calidad, gestionando la información, asegurando la satisfacción del cliente y/o usuario y actuando según las normas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
El Técnico Superior en Administración y Finanzas es capaz de:
- Tramitar documentos o comunicaciones internas o externas en los circuitos de información de la empresa.
- Elaborar documentos y comunicaciones a partir de órdenes recibidas, información obtenida y/o necesidades detectadas.
- Clasificar, registrar y archivar comunicaciones y documentos según las técnicas apropiadas y los parámetros establecidos en la empresa.
- Gestionar los procesos de tramitación administrativa empresarial en relación a las áreas comercial, financiera, contable y fiscal, con una visión integradora de las mismas.
- Realizar la gestión contable y fiscal de la empresa, según los procesos y procedimientos administrativos aplicando la normativa vigente y en condiciones de seguridad y calidad.
- Supervisar la gestión de tesorería, la captación de recursos financieros y el estudio de viabilidad de proyectos de inversión, siguiendo las normas y protocolos establecidos.
- Organizar y supervisar la gestión administrativa de personal de la empresa, ajustándose a la normativa laboral vigente y protocolos establecidos.
- Realizar la gestión administrativa de los procesos comerciales, llevando a cabo las tareas de documentación y las actividades de negociación con proveedores y de asesoramiento y relación con el cliente.
- Tramitar y realizar la gestión administrativa en la presentación de documentos en diferentes organismos y administraciones públicas en plazo y forma requeridos.
OCUPACIONES MÁS RELEVANTES
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PLAN DE FORMACIÓN
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REQUISITOS DE ACCESO
Acceso directo:
Acceso directo:
- Estar en posesión del Título de Bachiller.
- Estar en posesión de un Título de Técnico (NUEVO acceso directo).
- Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
- Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).
ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS desde la FORMACIÓN PROFESIONAL
El artículo 26 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, establece que podrán acceder sin necesidad de prueba a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado quienes estén en posesión de los títulos de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior. En este mismo Real Decreto 1892/2008, quedan reguladas las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (Modificado por el RD 558/2010, de 7 de mayo, (BOE 8/5/2010).
1. Real Decreto 1892/2008 de 14 de noviembre de 2008
2. Real Decreto 558/2010 de 7 de mayo de 2010
Reconocimientos de créditos en estudios de GRADO
2. Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre de 2011 (BOE de 16-12-2011), sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.
El artículo 26 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, establece que podrán acceder sin necesidad de prueba a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado quienes estén en posesión de los títulos de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior. En este mismo Real Decreto 1892/2008, quedan reguladas las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (Modificado por el RD 558/2010, de 7 de mayo, (BOE 8/5/2010).
1. Real Decreto 1892/2008 de 14 de noviembre de 2008
2. Real Decreto 558/2010 de 7 de mayo de 2010
Reconocimientos de créditos en estudios de GRADO
- Los beneficiarios de estos reconocimientos de créditos serán alumnos que hayan cursado los correspondientes Ciclos Formativos de Grado Superior en cualquier centro de Castilla y León.
- Los reconocimientos tienen carácter retroactivo; esto es, podrán beneficiarse los alumnos que, habiendo iniciado antes del curso 2011/2012 su titulación universitaria, proceda de los Ciclos Formativos de Grado Superior que den pie a dichos reconocimientos.
- Normativa de interés:
2. Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre de 2011 (BOE de 16-12-2011), sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.